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ORDENANZA Nº |
6444 |
Promulgada por Decreto |
001/DE/2019 |
Fecha Promulgación |
3/1/2019 |
Publicación |
11/1/19 |
OBSERVACIONES |
Modifica Ordenanza Nº 6254 |
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modificar el Art. 38 de la Ordenanza 6254, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 38: Los funcionarios y empleados de la Defensoría del Pueblo deben ser designados por el Defensor del Pueblo. El cupo máximo permitido es igual al 1,8% (uno coma ocho por ciento) sobre el total de los cargos dispuestos para la planta permanente del Municipio, independientemente de la eventual existencia de vacantes.
ARTÍCULO 2º: GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.
ORDENANZA Nº:
VILLA CARLOS PAZ, 28 de diciembre de 2018.
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
6254 | DEFENSORIA DEL PUEBLO - Reglamento | 1 - Organizacion Institucional |