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ORDENANZA Nº |
6803 |
Promulgada por Decreto |
097/DE/2022 |
Fecha Promulgación |
22 de febrero de 2022 |
Publicación |
25 de febrero de 2022 - Boletín Nº 153 - |
OBSERVACIONES |
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el inciso ll) del Artículo 14 de la Ordenanza N°6254, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ll) Presentar una rendición de cuentas (memoria e informe) de lo actuado, anualmente, al Concejo de Representantes entre los días 1° y el 31 de Diciembre de cada año, respetando los siguientes criterios:
En la presentación de la memoria e informe anual el Defensor del Pueblo dará cuenta de sus actuaciones explicitando: la cantidad y tipo de denuncias presentadas, las que hayan sido rechazadas y sus causas, las que fueron objeto de investigación y resultado de las mismas y toda otra información que el Defensor del Pueblo considere. En dicho informe no constarán datos personales que permitan la identificación de los denunciantes del proceso investigado, salvo expresa autorización de los mismos.”
ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
ORDENANZA Nº 6803
VILLA CARLOS PAZ, 17 de febrero de 2022
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
6254 | DEFENSORIA DEL PUEBLO - Reglamento | 1 - Organizacion Institucional |