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ORDENANZA Nº

6117

Promulgada por Decreto

280/DE/2016

Fecha Promulgación

17/5/16

Publicación

23/5/16

OBSERVACIONES

 

 

 

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE  VILLA CARLOS PAZ

 

 

Sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

            Artículo 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a los adjudicatarios de la Ordenanza Nº5817 (Plan Terrenos para tu Vivienda), la posesión de los lotes que resultaron de la mensura y subdivisión del inmueble, denominación catastral: 38-03-033-025-000, conforme a la ubicación que les corresponde de acuerdo al sorteo efectuado. Los adjudicatarios no podrán realizar construcciones de cualquier tipo en virtud de lo que dispone la Carta Orgánica Municipal en el artículo Nº77, Inc. Nº12 y Artículo 3º de la Ordenanza Nº5817.

 

            Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá conjuntamente con los Gobiernos Provincial y/o Nacional, planificar, proyectar y ejecutar las obras de infraestructura de servicios, consistentes en:

a)   Apertura de Calles;

b)   Ejecución de cordón-cuneta;

c)   Tendido de red de energía eléctrica y Alumbrado Público;

d)   Tendido de red domiciliaria de agua corriente y cloacas.

 

            Artículo 3º.- Los gastos serán atendidos con fondos de la partida  Nº 37-01-702-2-21-42-422 del presupuesto vigente, o que en el futuro la sustituya.

 

      Artículo 4º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

 

ORDENANZA Nº: 6117

 

VILLA CARLOS PAZ,  12de mayo de  2016.-



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