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ORDENANZA Nº |
6160 |
Promulgada por Decreto |
557/DE/2016 |
Fecha Promulgación |
7/10/16 |
Publicación |
14/10/16 |
OBSERVACIONES |
Modifica 4325 – Deroga 6155 |
VISTO: La ordenanza Nº 4325.-
CONSIDERANDO: Que el turismo de la ciudad de Villa Carlos Paz posee determinadas características que lo hacen especial y distinto de muchas otras ciudades turísticas.-
Que la circulación constante de ómnibus de gran porte por la ciudad afecta al desarrollo normal del tránsito y de los habitantes de la ciudad.-
Que el transporte masivo de pasajeros constituye una de las herramientas fundamentales del turismo de nuestra ciudad.-
Que los contingentes turísticos, de todo tipo, además de trasladarse internamente, muchos de sus destinos comunes se encuentran fuera del ámbito del municipio.-
Que los requerimientos legales para permitir la circulación municipal son diferentes de los necesitados para circular en el territorio provincial.-
Que la incidencia de las regulaciones sobre cualquier elemento constitutivo del turismo afecta, directa y proporcionalmente, a todos los demás componentes.-
Que el desarrollo turístico tiene que darse en un marco de ordenamiento, sostenible en el tiempo, que permita acrecentar los beneficios que obtiene la ciudad de la “industria sin chimeneas”.-
Por Ello:
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.-SUSPENDER la aplicación del inc. a) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 4325 hasta el 31 de agosto de 2018, inclusive.-
Artículo 2º.-DEROGAR la Ordenanza Nº 6155.-
Artículo 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
ORDENANZA Nº: 6160
VILLA CARLOS PAZ, 06 de octubre de 2016.-
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
4325 | Prohibe estacionamiento vehículos gran porte - incluye modificación 5598 (aplica Cepos) | 4 - Poder de Policía Municipal |