|
ORDENANZA Nº |
6434 |
Promulgada por Decreto |
898/DE/2018 |
Fecha Promulgación |
17/12/2018 |
Publicación |
18/12/18 |
OBSERVACIONES |
La presente debe ser incorporada a la Ordenanza 4021 |
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modificar el Art. 14.5.- EDIFICIOS PARA OFICINAS de la ordenanza Nº 4021.
El quedará redactado de la siguiente manera:
14.5- Edificios para oficinas. Se entiende por ello: a) aquellos edificios destinados integralmente al uso administrativo o comercial público; b) aquellos edificios de uso privado administrativo y/o mixto residencial y administrativo.-
14.5.1. En el caso de edificios de uso mixto, solo podrán resolverse por plantas especializadas en cada uso.
14.5.2. En los edificios de uso administrativo o mixto donde se utilice la modalidad de planta libre para el uso exclusivo administrativo, los servicios sanitarios serán comunes a toda la Planta que corresponda a tal uso, siendo la cantidad de unidades y artefactos los determinados en el Artículo “18.6.- De los servicios sanitarios”, para el caso de edificios institucionales.
ARTÍCULO 2°. – MODIFICAR el art. 16.3.3. SUPERFICIES MÍNIMAS PARA OFICINAS de la ordenanza N° 4021.
El que quedará redactado de la siguiente forma:
En caso de locales destinados a oficinas, la superficie mínima será de: Cincuenta (50) metros cuadrados, que incluirá superficies destinadas a baños y servicios.-
Las superficies son las cubiertas propias incluyendo tabiques interiores, no incluye aleros, balcones, galerías ni muros exteriores.-
ARTÍCULO 3º: GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. -
ORDENANZA Nº: 6434
VILLA CARLOS PAZ, 07 de diciembre de 2018.
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
4021 | Código de Edificación y Urbanismo de la Ciudad de Villa Carlos Paz | 2 - Edificación y Urbanismo |