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ORDENANZA Nº

6682

Promulgada por Decreto

12/DE/2021

Fecha Promulgación

08/01/2021

Publicación

08/01/2021

OBSERVACIONES

 

 EL CONCEJO DE REPRESENTANTES

DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

 ARTÍCULO 1º.- ADECUAR el funcionamiento de las actividades comerciales consignadas bajo los rubros Confitería bailable, salón de eventos y /o convenciones y salones de fiestas a las desarrolladas por los rubros de bares y restaurantes (con o sin espectáculo público), debiendo dar estricto cumplimiento a los protocolos aprobados para establecimientos gastronómicos, por el lapso que dure la emergencia sanitaria Covid-19. –

 ARTÍCULO 2º.- MANTENER la prohibición de las actividades bailables, así como también de todas aquéllas que no estén autorizadas por las disposiciones establecidas en el marco de declaración de emergencia sanitaria.-

 ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER la capacidad de personas, mesas y sillas, y superficies adecuadas entre ambas, a través de las áreas correspondientes del Departamento Ejecutivo municipal, a los fines de dar cumplimiento a los protocolos de bioseguridad.-

 ARTÍCULO 4º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza será sancionado, conforme las previsiones establecidas en el Código de Faltas municipal, dictadas en el marco de la emergencia sanitaria.-

 ARTÍCULO 5º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

 

ORDENANZA Nº 6682

 

    



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