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ORDENANZA Nº

6728

Promulgada por Decreto

315/DE/2021

Fecha Promulgación

29 de junio de 2021

Publicación

02 de julio de 2021 - Boletín Nº 112 -

OBSERVACIONES

MOD. ORD. 4021 VER DOCUMENTO RELACIONADOS

 EL CONCEJO DE REPRESENTANTES

DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de

 O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- APROBAR la segunda etapa del PLAN DE DESARROLLO AMBIENTAL de los territorios anexados por Ley Provincial Nº 10.595 al ejido preexistente de la Ciudad de Villa Carlos Paz, consistente en la ampliación de la poligonal que determina la zona “a” destinada a la prestación total o parcial de Servicios Públicos Municipales de carácter permanente, la que forma parte de la presente como Anexo 1º, como así también la determinación para las zonas anexadas, de normas de uso del suelo a ser incluidas en la Ordenanza 4021.-

ARTÍCULO 2°.- INCORPORAR al inciso b3) AREA RESIDENCIAL R3 de la Ordenanza 4021, los Polígonos 8 y 9, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“ ÁREA RESIDENCIAL R3- Polígono 8-

Delimitado por la poligonal que se inicia en la intersección de la línea de ribera Norte del Arroyo Los Chorrillos, con línea de fondo de parte del lote 6, continuando por línea de fondo de lotes 5, 4, 3, 2 y 1 de la Manzana 1 del Loteo Villa del lago continuando por ésta hasta la LM de la calle George Sand y por ésta con rumbo Noroeste hasta la LM de calle Eduardo Manet hasta su intersección con la LM de calle Victor Hugo. Por LM de calle Victor Hugo y con rumbo Noroeste hasta LM de calle Verdi y por ésta hasta LM de calle Sarratea. La línea continúa por Sarratea hasta LM de calle José de la Quintana y por ésta, con rumbo sur hasta la LM de calle Tintoretto. Continúa por Tintoretto con rumbo Oeste hasta LM de calle Jean B.Moliere, continuando por calle LM de calle Moliere con rumbo Norte, hasta LM de calle Heine y por ésta hasta el límite del ejido de la Ciudad de Villa Carlos Paz con la Comuna de Estancia Vieja. Por esta línea con rumbo sur hasta la línea de ribera del Arroyo los Chorrillos y por ésta con rumbo Sur, luego Norte y nuevamente un tramo Sur, hasta el punto de inicio de la poligonal”.

 

 “ÁREA RESIDENCIAL R3-Polígono 9.

Delimitado por la poligonal que se inicia en la intersección de la Línea Municipal de la Calle Gorostiza y la línea medianera de las parcelas 202-2592 y 202-2492, siguiendo por esta línea con rumbo sur hasta su intersección con el límite del ejido de la Ciudad de Villa Carlos Paz con la Comuna de Estancia Vieja y por éste con rumbo Este hasta la Línea Municipal de calle Francisco Gomez de Quevedo siguiendo por ésta con rumbo Norte y luego Este hasta su finalización, continúa rodeando la Manzana 53 hasta volver a la intersección de calles Francisco Gomez de Quevedo y Heine y por ésta con rumbo Noreste hasta la línea medianera de la Parcela 13 de la Manzana 56 . Por esta línea medianera y con rumbo Oeste hasta su intersección con la línea de fondo de las Parcelas 13, 12, 11, 10, 9, 8, 7, 6, 5, 4, 3, 2, y 1 de la Manzana 56 y por ésta línea medianera de fondo, hasta su intersección con la Línea Municipal de calle Gorostiza, Por Línea Municipal de calle Gorostiza, con rumbo Noroeste hasta el punto de inicio del polígono.-”

 

 

ARTÍCULO 3°.- INCORPORAR al inciso b1) ÁREA RESIDENCIAL R1 de la Ordenanza 4021, el Polígono 2 el que quedará redactado de la siguiente manera:

 “ÁREA RESIDENCIAL R1: Polígono 2:

Delimitado por la línea que, comenzando en la intersección del límite suroeste del lote 1ª expropiado por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) con destino a ensanche de la Ruta 20, con la línea de límite Noroeste de la parcela 2313-4111, siguiendo por ésta con rumbo Suroeste por la línea de límite Noroeste de la Parcela 2113-4110 hasta su intersección con la línea de límite Noreste de la Parcela 2113-3811, siguiendo por ésta con rumbo Noroeste hasta la línea de terminación de calle Virgilio. Continúa con rumbo Noreste por la línea de límite Sureste de las manzanas 58,57 y 56 del Barrio Costa Azul Sur y por ésta hasta la línea límite Suroeste del lote 1ª expropiado por la DNV con destino a ensanche de Ruta 20 y por ésta con rumbo Sureste hasta la línea de inicio de la poligonal”

 

 

 

ARTÍCULO 4°.- INCORPORAR al inciso b4) ÁREA RESIDENCIAL R4 de la Ordenanza 4021, el Polígono 5, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ÁREA RESIDENCIAL R4- Polígono 5-

Delimitado por la línea que, iniciando en la intersección de la línea Municipal Noroeste de la calle Roma con la línea Municipal Sur de calle Laplace, por aquella y con rumbo Sur hasta la línea municipal Norte de calle Sierra de Famatina y por ésta con rumbo Oeste hasta el límite del loteo Colinas . Por la línea de límite de Loteo Colinas y con rumbo Norte hasta el límite Este de la parcela 524887-354871 por ésta continúa por el límite Este de la Parcela 524970-354959 hasta la intersección con la proyección de la línea municipal Sur de calle Laplace y por ésta con rumbo Este hasta el punto de inicio de la poligonal.”

 

 

ARTÍCULO 5º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

 

ANEXO I

 

 

ORDENANZA Nº 6728

VILLA CARLOS PAZ, 25 de junio de 2021.-



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