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ORDENANZA Nº

6826

Promulgada por Decreto

260/DE/2022

Fecha Promulgación

24 de mayo de 2022

Publicación

27 de mayo de 2022 - Boletín Nº 168 -

OBSERVACIONES

Convenio N° 669/2022

 EL CONCEJO DE REPRESENTANTES

DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

 Sanciona con fuerza de

 O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- APROBAR el modelo de Convenio a suscribir entre esta Municipalidad de Villa Carlos Paz y la Empresa Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. (CO.TR.ECO. S.A.), concesionaria del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios de esta Ciudad, relativa a la variación de costos del servicio, conforme Anexo I que forma parte de la presente.-

ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

 

ANEXO I

CONVENIO

Entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz, con domicilio en calle Liniers Nº 50 de la Ciudad de Villa Carlos Paz, representada en este acto por el señor Héctor Daniel Gómez Gesteira, D.N.I. Nº 23.361.239, en su calidad de Intendente, denominada en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y la Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A., con domicilio en calle San Lorenzo Nº 47, Piso 1º, Oficina 1 de la ciudad de Córdoba, representada para la celebración del presente acto por el Sr. David Emanuel Druetta, D.N.I. Nº 33.067.009, en adelante citada como CO.TR.ECO. S.A., por la otra, han convenido en celebrar el presente convenio, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan:

PRIMERA: El presente convenio tiene como objetos los que a continuación se especifican: a) Re-determinar el precio del contrato celebrado entre LA MUNICIPALIDAD y CO.TR.ECO. S.A. a los fines de la prestación del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, actualmente en vigencia. b) Determinar la deuda por diferencia entre el precio surgido del apartado precedente y el precio vigente, respecto del servicio normal y diferencial prestado entre los meses de marzo y abril de 2022 inclusive.

Las cuestiones enumeradas se encuadran en las disposiciones contenidas en el artículo 47° del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Pública aprobada por la Ordenanza 6273 para la concesión del servicio señalado en el presente apartado y se encuentran en trámite administrativo en la Municipalidad de Villa Carlos Paz, en el expediente Nº 205507/22

SEGUNDA: Las partes manifiestan haber acordado voluntariamente el procedimiento para los cálculos a que alude la cláusula precedente y prestan expresa conformidad en relación a los montos fijados en los apartados que siguen como resultado de esas estimaciones.-

TERCERA: Se establece la re-determinación del precio del contrato celebrado entre LA MUNICIPALIDAD y CO.TR.ECO. S.A. a los fines de la prestación del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, actualmente en vigencia, en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CATORCE CON DIECISEIS CENTAVOS ($ 42.069.814,16), IVA incluido, a partir del mes de marzo del año 2022.-

CUARTA: Se acuerda la deuda que surge como consecuencia del reconocimiento de variación de precios que ha sufrido el contrato descripto en la cláusula precedente, respecto del servicio normal y diferencial prestado, por el período marzo y abril 2022 inclusive, en la suma de pesos once millones seiscientos noventa y un mil quinientos cinco con sesenta y dos centavos ($ 11.691.505,62), IVA incluido, resultante de calcular la suma de pesos cinco millones ochocientos cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta y dos con ochenta y un centavos ($ 5.845.752,81) por período mensual. En definitiva, el monto total a abonar se fija en la suma de ONCE millones SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCO con SESENTA Y DOS centavos ($ 11.691.505,62).-

QUINTA: Lo establecido en el presente convenio queda sujeto a la aprobación de su contenido por parte del Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz de acuerdo a lo establecido en el artículo 47° del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Pública aprobada por la Ordenanza 6273 y al visado, en los términos de Ley, por el Tribunal de Cuentas de la misma Ciudad.-

SEXTA: La MUNICIPALIDAD deja constancia que el gasto que demande el cumplimiento de este acuerdo será atendido con los fondos de la Partida Presupuestaria Nº 37.72.100.1.13.319, del Presupuesto General de Gastos en vigencia o la que en el futuro la sustituya.-

SÉPTIMA: Cumplidas las pautas establecidas en el presente convenio, ambas partes declaran que nada tendrán que reclamarse como consecuencia del objeto consignado en su cláusula primera.-

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Villa Carlos Paz, a los



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