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ORDENANZA Nº |
6487 |
Promulgada por Decreto |
256/DE/2019 |
Fecha Promulgación |
13 de marzo de 2019 |
Publicación |
21 de marzo de 2019 |
OBSERVACIONES |
Convenio Nº 324/2019 |
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APROBAR el modelo de Convenio a suscribir entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz y la Empresa Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. (CO.TR.ECO S.A.), concesionaria del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios de esta Ciudad, relativa a la variación de costos del servicio, conforme Anexo I que forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2º: GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
ORDENANZA Nº 6487
VILLA CARLOS PAZ, 14 de marzo de 2019.
ANEXO I
Entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz, con domicilio en calle Liniers Nº 50 de la Ciudad de Villa Carlos Paz, representada en este acto por el señor Esteban Aníbal Avilés, D.N.I. Nº 22.413.806, en su calidad de Intendente, denominada en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y la Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A., con domicilio en calle San Lorenzo Nº 47, Piso 1º, Oficina 1 de la ciudad de Córdoba, representada para la celebración del presente acto por el Sr. David Emanuel Druetta, D.N.I. Nº 33.067.009, en adelante citada como CO.TR.ECO. S.A., por la otra, han convenido en celebrar el presente convenio, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: El presente convenio tiene como objetos los que a continuación se especifican: a) Re-determinar el precio del contrato celebrado entre LA MUNICIPALIDAD y CO.TR.ECO. S.A. a los fines de la prestación del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, actualmente en vigencia. b) Determinar la deuda por diferencia entre el precio surgido del apartado precedente y el precio vigente, respecto del servicio normal prestado entre los meses de agosto de 2018 y enero de 2019 inclusive.
Las cuestiones enumeradas se encuadran en las disposiciones contenidas en el artículo 47° del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Pública aprobada por la Ordenanza 6273, para la concesión del servicio señalado en el presente apartado y se encuentran en trámite administrativo en la Municipalidad de Villa Carlos Paz, en el expediente Nº 170549/18.-
SEGUNDA: Las partes manifiestan haber acordado voluntariamente el procedimiento para los cálculos a que alude la cláusula precedente y prestan expresa conformidad en relación a los montos fijados en los apartados que siguen como resultado de esas estimaciones.-
TERCERA: Se establece la re-determinación del precio del contrato celebrado entre LA MUNICIPALIDAD y CO.TR.ECO. S.A. a los fines de la prestación del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, actualmente en vigencia, en la suma de PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS DOS CON SIETE CENTAVOS ($ 10.703.902,07), IVA incluido, a partir del mes de agosto del año 2018.-
CUARTA: Se acuerda la deuda que surge como consecuencia del reconocimiento de variación de precios que ha sufrido el contrato descripto en la cláusula precedente, respecto del servicio normal prestado, por el período agosto de 2018 a enero de 2019 inclusive, en la suma de pesos once millones ochocientos ochenta y nueve mil ciento sesenta y uno con treinta y cuatro centavos ($ 11.889.161,34), IVA incluido, resultante de calcular la suma de pesos un millón novecientos ochenta y un mil quinientos veintiséis con ochenta y nueve centavos ($ 1.981.526,89) IVA incluido, por período mensual.-----------------
QUINTA: Lo establecido en el presente convenio queda sujeto a la aprobación de su contenido por parte del Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz de acuerdo a lo establecido en el artículo 47° del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Pública aprobada por la Ordenanza 6273 y al visado, en los términos de Ley, del Tribunal de Cuentas de la misma Ciudad.-
SEXTA: LA MUNICIPALIDAD deja constancia que el gasto que demande el cumplimiento de este acuerdo será atendido con los fondos de la Partida Presupuestaria Nº 37.72.100.1.13.319, del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
SÉPTIMA: Cumplidas las pautas establecidas en el presente convenio, ambas partes declaran que nada tendrán que reclamarse como consecuencia del objeto consignado en su cláusula primera.-
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Villa Carlos Paz, a los
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
6273 | Llamado a Licitación Recolección de Residuos | 6 - Servicios Concesionados |