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ORDENANZA Nº

6878

Promulgada por Decreto

603/DE/2022

Fecha Promulgación

12 de octubre de 2022

Publicación

14 de octubre de 2022 - Boletín Nº 194 -

OBSERVACIONES

 

 EL CONCEJO DE REPRESENTANTES

DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de

 O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 4.1.13.2 de la Ordenanza N°4021 “CODIGO DE EDIFICACIÓN Y URBANISMO DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

4.1.13.2: ÁREA PROTEGIDA 2 (AP2)

En la zona Área Protegida 2 (AP2) queda prohibida toda modificación de las características topográficas del relieve natural, como así también toda alteración y/o modificación del ecosistema natural existente, como así también las subdivisiones y/o fraccionamientos de lote hasta que se sancione la norma regulatoria de dicho territorio. Las fracciones que superen los límites del ejido de la Ciudad de Villa Carlos Paz podrán ser sometidas a subdivisión solo a los fines de deslindar los límites jurisdiccionales de las localidades que las afectaren.”.-

ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

 

ORDENANZA Nº 6878

VILLA CARLOS PAZ, 6 de octubre de 2022.-



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