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ORDENANZA Nº

7064

Promulgada por Decreto

090/DE/2024

Fecha Promulgación

27 de febrero de 2024

Publicación

01 de marzo de 2024 - Boletín Nº 280 -

OBSERVACIONES

Convenio Nº 43/2024

 EL CONCEJO DE REPRESENTANTES

 DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

ARTICULO l°.- APROBAR  el modelo de Convenio a suscribir entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz y la Empresa Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. (CO.TR.ECO. S.A.), concesionaria del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios de esta Ciudad, relativa a la variación de costos del servicio, conforme Anexo I que forma parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. -

ORDENANZA Nº  7064

VILLA CARLOS PAZ, 22 de febrero de 2024.-

 ANEXO I

CONVENIO

Entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz, con domicilio en calle Liniers Nº 50 de la Ciudad de Villa Carlos Paz, representada en este acto por el señor Esteban Aníbal Avilés,  D.N.I. Nº 22.413.806, en su calidad de Intendente, denominada en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y la Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A., con domicilio en calle San Lorenzo Nº 47, Piso 1º, Oficina 1 de la ciudad de Córdoba, representada para la celebración del presente acto por el Sr. David Emanuel Druetta, D.N.I. Nº 33.067.009,  en adelante citada como CO.TR.ECO. S.A., por la otra, han acordado en celebrar el presente convenio, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan:

PRIMERA: El presente convenio tiene como objetos los que a continuación se especifican: a) Re-determinar el precio del contrato celebrado entre LA MUNICIPALIDAD y CO.TR.ECO. S.A. a los fines de la prestación del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, actualmente en vigencia.  b) Determinar la deuda por diferencia entre el precio surgido del apartado precedente y el precio vigente, respecto de los servicios normal, diferencial y adicionales aprobados por Ordenanza 6902/22, prestado entre los meses de noviembre de 2023 y enero de 2024 inclusive.

Las cuestiones enumeradas se encuadran en las disposiciones contenidas en el artículo 47° del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Pública aprobada por la Ordenanza 6273 para la concesión del servicio señalado en el presente apartado y se encuentran en trámite administrativo en la Municipalidad de Villa Carlos Paz, en el expediente Nº 224775/24.--

SEGUNDA: Las partes manifiestan haber acordado voluntariamente el procedimiento para los cálculos a que alude la cláusula precedente y prestan expresa conformidad en relación a los montos fijados en los apartados que siguen como resultado de esas estimaciones.-

TERCERA: Se establece la re-determinación del precio del contrato celebrado entre LA MUNICIPALIDAD y CO.TR.ECO. S.A. a los fines de la prestación del Servicio de Higiene Urbana y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, actualmente en vigencia, en la suma de pesos Ciento TREINTA Y OCHO  millones QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO mil TRESCIENTOS TREINTA  con TREINTA centavos ($ 138.554.330,30), IVA incluido, para los servicios normal y diferencial; y en la suma de PESOS SEIS millones SEIS mil SEISCientos VEINTICINCO con VEINTITRES centavos ($ 6.006.625,23), IVA incluido, para los servicios adicionales de: a) Incremento de cien cuadras de barrido manual y/o mecánico, y b) Incremento del servicio de levantamiento de restos de poda, aprobados por Ordenanza Nº 6902/22, ambos a partir del mes de noviembre del año 2023.

Además, para el ítem c) Ampliación del servicio de levantamiento de áridos que se establece en la Ordenanza N° 6902/22 (para los meses de diciembre, enero, febrero y marzo de cada año), el nuevo precio se fija en la suma de PESOS DOS MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 2.098.991,37) IVA incluido.-

CUARTA: Se acuerda la deuda que surge como consecuencia del reconocimiento de variación de precios que ha sufrido el contrato descripto en la cláusula precedente, respecto de los servicios normal, diferencial  y adicionales aprobados por Ordenanza 6902/22, conforme al siguiente detalle: a) Por el período noviembre de 2023, se lo fija en la suma de  pesos veintiún millones cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos dos con treinta y cuatro  centavos ($ 21.453.802,34) IVA incluido; y b) Por los períodos diciembre de 2023 y enero de 2024 inclusive, se lo fija en la suma de pesos Cuarenta y tres millones quinientos treinta mil seiscientos trece con diez centavos ($ 43.530.613,10) IVA incluido, resultante de calcular la suma de pesos Veintiún millones setecientos sesenta y cinco mil trescientos seis con cincuenta y cinco centavos ($ 21.765.306,55) por período mensual. En definitiva, el monto total a abonar se fija en la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($  64.984.415,44), IVA incluido).--

QUINTA: Lo establecido en el presente convenio queda sujeto a la aprobación de su contenido por parte del Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz de acuerdo a lo establecido en el artículo 47° del Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Licitación Pública aprobada por la Ordenanza 6273 y al visado, en los términos de Ley, por el Tribunal de Cuentas de la misma Ciudad.-

SEXTA: La MUNICIPALIDAD deja constancia que el gasto que demande el cumplimiento de este acuerdo será atendido con los fondos de la Partida Nº 35.52.100.1.13.319, o la que en el futuro la sustituya,  del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

SÉPTIMA: Cumplidas las pautas establecidas en el presente convenio, ambas partes declaran que nada tendrán que reclamarse como consecuencia del objeto consignado en su cláusula primera.-

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Villa Carlos Paz, a los



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