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ORDENANZA Nº |
5887 |
Promulgada por Decreto |
388/DE/2014 |
Fecha Promulgación |
05/06/2014 |
Publicación |
12/6/2014 |
OBSERVACIONES |
Art. 4º, Inc.1 y Art. 5 Pto. 3): Modificados por Ord. 5989 (27/8/14) |
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Creación
Artículo 1º.-CRÉAR el Registro Único y Permanente de Postulantes a obtener su vivienda y/o terreno propio (R.U.Y.P.P.V. y T.).
Inscripción
Artículo 2º.- La inscripción a este registro será de carácter permanente, deberá ser realizada por el interesado en persona, quien deberá adjuntar en la primera presentación la documentación completa requerida a través de la presente ordenanza. Se deben actualizar los datos una vez al año por lo menos cumplimentando nuevamente lo dispuesto en la presente Ordenanza.
La actualización debe realizarse antes del 31 de diciembre del año siguiente al de la inscripción y/o última actualización. Los expedientes que no sean actualizados pasarán a archivo y serán eliminados del (R.U.Y.P.P.V. y T.) sin necesidad de notificación alguna. Para la reinscripción deberá presentarse nuevamente la documentación pertinente prevista en la presente Ordenanza.-
La inscripción en el R.U.Y.P.P.V.y T., es condición necesaria y excluyente para la participación en cualquier tipo de adjudicación de viviendas o terrenos que otorgue el Municipio, pero la antigüedad no genera orden de prioridad alguno en beneficio del inscripto.
La forma de adjudicación de terrenos o viviendas por parte del Municipio será determinada por el Concejo de Representantes en cada oportunidad mediante una Ordenanza particular.
Requisitos
Artículo 3º.- Podrán inscribirse como postulantes quienes reúnan los siguientes requisitos:
1.-Constituir un grupo familiar estable de personas convivientes al momento de la inscripción y/ o renovación de datos. Se considerará grupo familiar estable a quienes reúnan las siguientes condiciones:
a) Matrimonios con o sin hijos, viudas/os o divorciadas/os con hijos a cargo, madres solteras con hijos a cargo, uniones de hecho con hijos a cargo;
b) Uniones de hecho sin hijos con convivencia mínima de 3 años. En estos casos la inscripción se realizará a nombre de ambos convivientes;
c) Parientes consanguíneos en línea ascendente, descendente o lateral hasta el 3º grado, con convivencia mínima de 3 años. Integran también el grupo familiar las personas que forman parte del grupo estable y reciben
del/los titular/es un trato íntimo y afectivo que los asimila al parentesco legal.
2.- Residir en la Ciudad de Villa Carlos Paz por un período mínimo de cinco años (5) previo a la inscripción.-
3.- Identidad: Para registrarse es requisito ineludible contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes del grupo conviviente. Bajo ninguna circunstancia se admitirán constancias de DNI en trámite.-
4.- Nacionalidad argentino o extranjero, con residencia permanente en el país. Tener los miembros de todo el grupo familiar documento de identidad argentino.
5.- No ser propietario el solicitante o integrantes del grupo familiar de fondos de comercio, bienes inmuebles, maquinarias, automotores o semovientes realizables, en que el importe que se pueda obtener de su venta le permita adquirir una vivienda y/o lote de las mismas características que la que solicita. Se exceptúan los bienes que constituyan fuente de trabajo.
6.- No haber sido adjudicatario, ningún miembro conviviente, de viviendas financiadas con fondos del Estado (nacional, provincial o municipal), salvo los convivientes que hayan constituido un nuevo grupo familiar.
7.- No ser propietarios, ninguna de las personas convivientes, de vivienda en condiciones de habitabilidad no deficitarias, residan o no en ella.
8.- Tener ingresos mensuales familiares demostrables, a satisfacción de la Municipalidad de Villa Carlos Paz quien en su oportunidad fijará los montos y condiciones de los mismos, acorde con los pagos que correspondan a la categoría y/o tipología de vivienda y/o lote que se solicita.
9.- Se deja expresamente aclarado que no se receptará ningún trámite que no presente la documentación completa.
Documentación
Artículo 4º: Los postulantes deberán presentar al momento de la inscripción la siguiente documentación:
1.- Documento Nacional de Identidad donde conste último domicilio, si éste no acredita los cinco (5) años presentar DNI anterior (si lo posee) con todos los cambios de domicilio u otra documentación que fehacientemente sea válida como (contrato de alquiler con sellado correspondiente, recibo de sueldo válido de acuerdo a normativas vigentes, o en su defecto Formulario 5 expedido por la Secretaria Electoral Nacional), en la cual se verifique la antigüedad mencionada en el Art. 3º inc. 2, de todos los integrantes del grupo familiar conviviente y además:
2.- Formulario y Declaración Jurada que, como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante de la presente Ordenanza.-
Certificación de Ingresos
Artículo 5.- Los postulantes deberán presentar al momento de la inscripción la siguiente documentación que acredite los ingresos del grupo familiar:
1.- Empleados en relación de dependencia: original y fotocopia del último recibo de sueldo, mandamientos, liquidación de haberes jubilatorios, etc.; correspondientes a los últimos tres (3) meses, extendidos en formularios oficiales con identificación del empleador (Nº de CUIT), y el Nº de CUIT de afiliado al sistema previsional, de todos los integrantes del grupo familiar que trabajen. Si cobra por quincena, debe presentar 1ª y 2ª quincena. Si posee C.U.I.L., debe presentar copia del mismo.
2.- Independientes – Autónomos: si posee C.U.I.T., debe presentar copia del mismo. Declaración jurada anual del impuesto a las ganancias y/o mono tributo, (último pago) y/o certificación de ingresos por contador.
3.- Trabajadores Informales: Declaración Jurada de Ingresos certificada por Escribano Público u Oficial Mayor de la Municipalidad, acompañada de la firma de dos (2) testigos residentes en nuestra ciudad como mínimo, de todos los integrantes del grupo familiar que se desempeñan en trabajos informales.” Inciso Modificado por Ordenanza 5898 (27/8/2014)
Implementación y Mantenimiento
Artículo 6º.- La implementación y mantenimiento del (R.U.Y.P.P.V. y T. ) estará a cargo de las Secretaria de Desarrollo Urbano Ambiental y Secretaria de Calidad Institucional, Desarrollo Social y Educación de la Municipalidad de la Ciudad de Villa Carlos Paz o el organismo que en el futuro las reemplace, quienes deberán entregar a cada solicitante, como constancia de inscripción y/o actualización el duplicado del Formulario y Declaración Jurada que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante de la presente Ordenanza, el que deberá estar sellado, con fecha y contendrá firma y aclaración del personal competente.
Artículo 7º.- En el supuesto caso de comprobarse la falsedad de algunos de los datos consignados en los formularios Anexo I y Anexo II, que llevan el carácter de declaración jurada, la autoridad de aplicación podrá excluir dicha inscripción sancionando a todas las personas allí mencionadas con la imposibilidad de inscribirse nuevamente en el presente registro o similar dependiente del Municipio por el termino de tres años. La presente disposición deberá estar consignada en todos los formularios que se otorguen a los interesados.-
Cláusula transitoria
Artículo 8º.- Los Expedientes presentados al Municipio de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 130/DE/2001 del Departamento Ejecutivo Municipal, deberán ser actualizados de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ordenanza antes del 31 de diciembre del corriente año de no ser así serán pasados a archivo y no serán incluidos en el (R.U.Y.P.P.V. y T.)
Presupuesto
Artículo 9º.- A los fines de atender las erogaciones que ocasione la aplicación de la presente, el Departamento Ejecutivo incluirá anualmente, a partir del 1º de enero de 2015, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos un programa denominado: Registro Único y Permanente postulantes para viviendas y terrenos (R.U.Y.P.P.V. y T.).-
Disposición Presupuestaria Transitoria
Artículo Nº10.-AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo, hasta el 31 de diciembre de 2014, a afectar las partidas que considere necesarias en el Presupuesto General de Gastos vigente a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.-
Artículo Nº11.-DEROGAR el Decreto Nº 130/DE/2001.-
Artículo Nº12.- GIRAR al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.-
ORDENANZA Nº: 5887
Villa Carlos Paz, 29 de mayo de 2014.-
ANEXO I
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL R.U.Y.P.P.V. y T.
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Nº |
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LOS DATOS CONSIGNADOS EN LA PRESENTE SOLICITUD DEBEN SER RENOVADOS ANUALMENTE ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO SIGUIENTE AL DE LA INSCRIPCIÓN Y/O ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN. LOS EXPEDIENTES QUE NO SEAN ACTUALIZADOS PASARÁN A ARCHIVO Y SERÁN ELIMINADOS DEL (R.U.Y.P.P.V. y T.), SIN NECESIDAD DE NOTIFICACION ALGUNA |
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DATOS PERSONALES DEL TITULAR |
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APELLIDO/S |
NOMBRE/S |
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Tipo y Nº de Documento |
Sexo |
Fecha de Nacimiento |
Nacionalidad |
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Actividad |
Estado Civil |
Teléfonos |
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DOMICILIO DEL TITULAR |
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Calle |
Número |
Piso Nº |
Departamento Nº |
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Barrio |
Localidad |
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DATOS DEL GRUPO CONVIVIENTE |
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Apellido/s |
Nombre/s |
Tipo y Nº de Dcto. |
Fech. Nac. |
Vínculo |
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INGRESOS DEL GRUPO FAMILIAR |
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Ingresos Mensuales del titular |
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Ingresos mensuales de otros miembros del Grupo Familiar |
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TOTAL |
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Ordenanza Nº ………….., art. 7 “En el supuesto caso de comprobarse la falsedad de algunos de los datos consignados en los formularios Anexo I y Anexo II, que llevan el carácter de declaración jurada la autoridad de aplicación podrá excluir dicha inscripción sancionando a todas las personas allí mencionadas con la imposibilidad de inscribirse nuevamente en el presente registro o similar dependiente del Municipio por el termino de tres años”. |
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Lugar |
Fecha |
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Firma del Titular |
Aclaración |
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Firma y Sello de Recepción |
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ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA
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Corresponde a la Solicitud Nº |
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DECLARO BAJO JURAMENTO QUE: (Tachar lo que no corresponda) 1.- NO/SI existen bienes inmuebles registrados a mi nombre o a nombre de otros componentes de mi grupo familiar declarado en la Planilla de Inscripción suscripta para el R.U.Y.P.P.V. y T. En caso afirmativo consigno: a) Características del Inmueble. LOTE BALDIO / EDIFICADO - CAMPO b) Dirección: ........................................................................................................................... c) Localidad: ........................................................................................................................... d) Identificación: Lote .......................... Mza.............................Sector.................................. e) Valor Estimado: ................................................................................................................. f) Registrado a nombre de: ..................................................................................................
2.- NO/SI existen derechos sucesorios o heredades a mi favor o de otros integrantes de mi grupo familiar: En caso afirmativo consigno: a) Dirección: ............................................................................................................................... b) Localidad: ............................................................................................................................... c) Derecho sobre: ........................................................................................................... partes d) Valor Estimado: ..................................................................................................................... e) Registrado a nombre de: ......................................................................................................
3.- NO/SI poseo bienes muebles u otros recursos con cuya realización podría financiar una vivienda equivalente a las financiadas por el Estado. En caso afirmativo consigno: descripción ......................................................................................................................................................
4.- NO/SI hemos sido (yo o algún miembro de mi grupo familiar) beneficiarios de vivienda o crédito para vivienda, financiada por el Estado. En caso afirmativo consigno: a) El ente financiero: ............................................................................................................... b) Fecha del otorgamiento: ...................................................................................................... c) Descripción: ....................................................................................................................... |
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Ordenanza Nº ………….., art. 7 “En el supuesto caso de comprobarse la falsedad de algunos de los datos consignados en los formularios Anexo I y Anexo II, que llevan el carácter de declaración jurada la autoridad de aplicación podrá excluir dicha inscripción sancionando a todas las personas allí mencionadas con la imposibilidad de inscribirse nuevamente en el presente registro o similar dependiente del Municipio por el termino de tres años”. |
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FECHA
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FIRMA DEL TITULAR |
ACLARACION |
Nº DE DOC. |
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RECEPCIÓN POR MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ
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