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ORDENANZA Nº

6576

Promulgada por Decreto

1167/DE/2019

Fecha Promulgación

09 de diciembre de 2019

Publicación

16 de diciembre de 2019 - Boletín Nº 09 -

OBSERVACIONES

 

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES

DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de

 O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- La habilitación de toda Industria de Ubicación Restringida de acuerdo a lo establecido por el Artículo 19º de la Ordenanza 4021, sea dicha habilitación de nueva radicación o renovación de habilitación por cambio de titularidad, se otorgará por el plazo de tres (3) años. Vencido el plazo de vigencia, la renovación se efectuará en forma anual.-

ARTÍCULO 2º.- Aprobada la Ordenanza que determine la nueva zona para radicación de establecimientos industriales y/o afines, el Departamento Ejecutivo Municipal determinará el plazo de traslado de las industrias con habilitación condicionada.-

ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-


ORDENANZA Nº 6576

VILLA CARLOS PAZ, 5 de diciembre de 2019.-



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