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ORDENANZA Nº |
4332 |
Promulgada por Decreto |
573/2004 |
Fecha Promulgación |
07/09/2004 |
Publicación |
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OBSERVACIONES |
Modificada por Ordenanza N° 4489.-(texto incluído) Por Ord. Nº 4663 se amplía el horario hasta las 23hs.(solo para el año 2006) Ver Código de Faltas Ord. 1066 en Documentos Relacionados.- |
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Prohíbese en todo el ámbito de la ciudad, el día 21 de setiembre de cada año, desde las 6:00 horas a las 21:00 horas, el expendio de bebidas alcohólicas, como asimismo el consumo de las mismas en la vía pública.- Esta norma tendrá vigencia sólo cuando se realice el evento denominado "Fiesta de la Primavera de Villa Carlos Paz".- Texto según Ord.N 4489.-
Artículo 2°.- El incumplimiento de la presente, dará motivo a las sanciones previstas en el Artículo 79° de la Ordenanza N° 1066 del Código de Faltas.-VER Art. 81 Nuevo Código de Faltas.-
Artículo 3°.- Elévese al Deparamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.-
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
592 | FIESTA DE LA PRIMAVERA | 7 - Servicios Municipales | ||||
1066 | CODIGO DE FALTAS - ORD. 1066, Texto Ordenado 2009 | 4 - Poder de PolicĂa Municipal |