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ORDENANZA Nº

 4332

Promulgada por Decreto

573/2004

Fecha Promulgación

07/09/2004

Publicación

 

OBSERVACIONES

Modificada por Ordenanza N° 4489.-(texto incluído)

Por Ord. Nº 4663 se amplía el horario hasta las 23hs.(solo para el año 2006)

Ver Código de Faltas Ord. 1066 en Documentos Relacionados.-


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de

ORDENANZA


Artículo 1º: Prohíbese en todo el ámbito de la ciudad, el día 21 de setiembre de cada año, desde las 6:00 horas a las 21:00 horas, el expendio de bebidas alcohólicas, como asimismo el consumo de las mismas en la vía pública.- Esta norma tendrá vigencia sólo cuando se realice el evento denominado "Fiesta de la Primavera de Villa Carlos Paz".- Texto según Ord.N 4489.-

Artículo 2°.- El incumplimiento de la presente, dará motivo a las sanciones previstas en el Artículo 79° de la Ordenanza N° 1066 del Código de Faltas.-VER Art. 81 Nuevo Código de Faltas.-

Artículo 3°.- Elévese al Deparamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.-



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