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- Secretaría General
29/08/2013 - IMPORTANTES MULTAS POR MUSICA SIN AURICULARES EN EL TRANSPORTE PUBLICO
A través del Decreto Nº 484 se promulgó al Ordenanza Nº 5737 por la cual todas las empresas de transporte público de pasajeros deberán colocar carteles en sus u nidades con la siguiente leyenda "se encuentra prohibido el uso de dispositivos de sonido sin auriculares (Ordenanza Nº 965)".
Además, se fija una multa de entre 70 a 200 boletos de transporte urbano al sujeto infractor y entre 200 a 500 boletos de transporte urbano a las empresas de transporte público responsables.