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- General
18/08/2021 - ELECCIONES A DEFENSOR DEL PUEBLO: VEDA ELECTORAL En el marco de las Elecciones a Defensor del Pueblo previstas para el domingo 22 de agosto, la Junta Electoral Municipal Permanente informa que de acuerdo a lo previsto por el artículo 66 inc. 3 de la ley 9.571 se debe cumplir con lo mencionado a continuación:
Desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios, quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo.
Desde las 00 horas del día de los comicios y hasta tres horas inmediatas posteriores al cierre queda prohibido:
- La exhibición, el depósito y la portación de armas, aún en este último caso a personas autorizadas para ello por autoridad competente, en los lugares donde se realizan los comicios y hasta una distancia de cien metros del perímetro de aquellos, a excepción del personal policial o de las fuerzas armadas o de seguridad asignada a la custodia del local donde se celebren los comicios.
- Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda otra clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y que no esté expresamente autorizada por autoridad competente.
- El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas
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